El Reglamento (UE) 2019/2015 publicado por el Parlamento Europeo y el Consejo incluye las dos normas básicas siguientes:
El Reglamento (UE) 2019/2015 describe los requisitos para el etiquetado de fuentes de luz con o sin equipo de control integrado y proporciona información adicional sobre el producto. Estos requisitos también se aplican a las fuentes luminosas comercializadas que contengan dichas fuentes luminosas.
Esta regulación no se aplica a las fuentes de luz que han sido específicamente probadas y aprobadas para funcionar en ciertas situaciones. Estos también se enumeran en el anexo del reglamento (Anexo IV).
Además, cualquier fuente de luz dentro del alcance de esta regla está exenta de los requisitos de esta regla si está especialmente diseñada y comercializada en al menos un lugar para su uso previsto, con excepción de los requisitos establecidos en el anexo de esta regla. Reglamento (Anexo V).
A los efectos del reglamento (UE) 2019/2015,
El Reglamento (UE) 874/2012, que fue derogado con dicho Reglamento, fue una disposición legal que complementó el Reglamento nº 2010/30/UE publicado por el Parlamento Europeo y el Consejo sobre el etiquetado energético de lámparas y aparatos eléctricos.
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