(UE) Reglamento EPI nº 2016/425 Pruebas

Pruebas de ropa protectora

(UE) Reglamento EPI nº 2016/425 Pruebas

El Reglamento (UE) 2016/425 publicado por el Parlamento Europeo y el Consejo trata sobre los equipos de protección individual y deroga la directiva 89/686/CEE.

(UE) Reglamento EPI nº 2016/425 Pruebas

Este reglamento contiene requisitos para el diseño y producción de equipos de protección personal (EPP), que se pondrán en el mercado con el fin de proteger la salud y seguridad de los usuarios y establecer reglas para la libre circulación de equipos de protección personal en el mercado.

Este reglamento se aplica a los equipos de protección personal. Sin embargo, no cubre los siguientes equipos de protección personal:

  • Especialmente diseñado para su uso por las fuerzas armadas o en el mantenimiento de la ley y el orden
  • Diseñado para uso en defensa personal que no sea EPP para actividades deportivas
  • Especialmente diseñado para proteger contra condiciones atmosféricas no extremas y la humedad y el agua durante el lavado de vajilla.
  • Diseñado para su uso en embarcaciones marítimas o aeronaves sujetas a los acuerdos internacionales pertinentes válidos en los países de la Unión Europea.
  • 22 de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas para la aprobación de cascos y viseras de protección para conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores, para la protección de la cabeza, la cara o los ojos de los usuarios.

A los efectos de esta directiva, equipo de protección individual (EPI) significa:

  • Equipo diseñado y fabricado para ser usado o sostenido por una persona para protegerse contra uno o más riesgos para la salud o la seguridad de una persona.
  • Componentes reemplazables para el equipo mencionado anteriormente y necesarios para su función protectora
  • Los sistemas de sujeción a los que se hace referencia anteriormente, que no sostenga ni use una persona, diseñados para conectar este equipo a un dispositivo externo o a un punto de anclaje confiable, que no estén diseñados para fijarse de forma permanente y que no requieran una fijación previa al uso

De acuerdo con este reglamento, el organismo notificado debe realizar las pruebas necesarias para verificar la homogeneidad de la producción y la conformidad del equipo de protección individual con el tipo definido en el certificado de examen de tipo de la Unión Europea y con los requisitos esenciales de salud y seguridad aplicables. Los controles del producto se llevan a cabo al menos una vez al año a intervalos aleatorios determinados por el organismo notificado. Los primeros controles del producto deberán realizarse en el plazo máximo de un año a partir de la fecha de expedición del certificado.

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